
El
presente es un documento interno de Zumma Ratings,
el cual ponemos a disposición del público en general
para su conocimiento e información.
Este documento
expone sólo algunas de las normas relacionadas a la conducta del
Integrante de la Clasificadora, no debiendo considerarse que todo
está incluido en el mismo. Cualquier pregunta relacionada a la conducta
y desempeño del Integrante (esté o no señalada en este Código) deberá
de estar dirigida al Representante de la Clasificadora.
Zumma Ratings
exige que todos sus empleados sean responsables y cumplan al máximo,
tanto las normas éticas, como los principios más estrictos en la
práctica del oficio.
NORMAS
GENERALES
Como Empresa
Clasificadora de Riesgo a nivel nacional (debidamente inscrita ante
CONASEV, SAFP y SBS) Zumma Ratings tiene una relación
de confianza especial con sus clientes además de una relación contractual.
Todos los empleados de la compañía, por lo tanto, deben realizar
sus obligaciones, comprometiéndose y siendo responsables, en mérito
a la delicada y especial profesión que desarrollan.
Las operaciones
que Zumma Ratings realiza, están regidas por las
normas y regulaciones promulgadas por la CONASEV, la SAFP y la SBS.
Es responsabilidad de cada Integrante adecuarse a los requerimientos
regulatorios pertinentes a su área de responsabilidad y comportarse
acordemente. Todas las preguntas que se susciten con respecto a
este asunto, deberán de estar dirigidas al Representante de Zumma Ratings.
La información
confidencial manejada por Zumma Ratings para la realización
de un análisis de clasificación no debe de ser divulgada, bajo ninguna
circunstancia, a terceros o a ningún Integrante de Zumma Ratings
que no tenga la necesidad de requerir dicha información.
Los Integrantes
de Zumma Ratings no pueden mantener ni poseer cuentas
de valores o títulos ni con agentes autorizados, sólo podrán efectuar
operaciones según la normatividad vigente.
Los Integrantes
de Zumma Ratings y la Clasificadora misma no deben
ni pueden, autorizar o garantizar el presente o futuro valor o retorno
de cualquier instrumento. Tampoco podrán autorizar o garantizar
el éxito o beneficio de cualquier anuncio dado por Zumma Ratings.
PREVENCIÓN DE TRÁFICO DE INFORMACIÓN PRIVILEGIADA
El manejo de
información es sumamente delicado y más aún si es información confidencial
y a la vez estratégica, es por esto que hemos decidido otorgarle
mucha de nuestra atención a este aspecto no sólo tratando de normarlo
sino también de otorgarle un sitio preferencial en nuestra labor
diaria. El término "tráfico de información privilegiada"
generalmente se refiere al tráfico en los mercados de valores por
funcionarios, directores y otros "traficantes de información
privilegiada" corporativos, quienes tienen posesión de información
privada indispensable sobre actividades y ganancias de las compañías
(información interna);
Tráfico de información
interna por "terceros". En este caso, la fuente de información
"interna" de los terceros, supuestamente puede ser rastreada
hasta la compañía. Tráfico por integrantes y terceros de información
privilegiada en el fundamento de información privada indispensable
que afecta los valores de una compañía en el mercado, pero la cual
proviene de fuentes ajenas al emisor ("información del mercado").
Conocimiento que alguien realizará una oferta a una compañía, es
el ejemplo más preciso de información del mercado.
Todos los empleados
deben tener sumo cuidado de asegurar que la información privada
indispensable que ellos obtienen para la evaluación y análisis de
clasificación, sea resguardada, manteniéndola confidencial y utilizándola
sólo para fines pertinentes clasificación bajo circunstancias apropiadas,
además de que ésta información sólo será discutida con personas
que deban tener acceso a ésta.
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